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Edomex estrena multas dinámicas con nuevo reglamento de tránsito; endurece medidas para motos Naturaleza Aristegui

El reglamento faculta el uso de cámaras y sensores para la captación de infracciones cuya ubicación debe publicarse por la Secretaría de Seguridad estatal.

  • Redacción AN / BJC
28 Nov, 2025 09:59
Edomex estrena multas dinámicas con nuevo reglamento de tránsito; endurece medidas para motos
Foto: Archivo Cuartoscuro

El gobierno del Estado de México reformó el Reglamento de Tránsito estatal, pasando de un modelo de multas fijas a un esquema de rangos variables que dependen del historial del ciudadano.

La reforma, oficializada a través de la publicación en el Periódico Oficial de fecha 10 de noviembre de 2025, modifica el Artículo 122 para establecer que las sanciones ya no serán montos únicos, sino que oscilarán entre un mínimo, medio y máximo. El objetivo declarado en el documento es asegurar la “proporcionalidad de las sanciones”, individualizando el castigo “según la reincidencia o el historial de la persona infractora”.

El criterio para determinar qué monto debe pagar un ciudadano se basa en sus multas pendientes de pago al momento de cometer una nueva infracción:

Sanción Mínima: Se aplica cuando el conductor infringe el reglamento pero “no tenga sanciones de tránsito pendientes de pago”.

Sanción Media: Corresponde cuando el infractor registre en su historial “de dos a tres sanciones de tránsito pendientes de pago”.

Sanción Máxima: Se impone si el ciudadano acumula “cuatro o más sanciones de tránsito pendientes de pago”.

Foto: Archivo Cuartoscuro

El artículo Quinto Transitorio otorga a la Secretaría de Seguridad un plazo de hasta un año para crear la base de datos necesaria que permita verificar el historial de reincidencia. El texto establece que “hasta en tanto no se genere la referida base de datos se aplicará a las personas infractoras el parámetro mínimo”.

Endurecen multas a motociclistas e invasores de carriles exlusivos

El nuevo reglamento también endurece los castigos para quienes invadan los carriles confinados del Mexibús y Ciclovías. Se considera invasión cualquier maniobra, incluyendo “circular, cruzar, girar, detenerse o estacionarse” en estos carriles.

También robustece las regulaciones para motociclistas, al exigir el uso de cascos que cumplan con la norma NOM-206-SCFI/SSA2-2018 o certificaciones internacionales (DOT, ECE). En su defecto se aplicará una multa de 3 a 5 UMA y la retención de la motocicleta.

Foto: Archivo Cuartoscuro

Además, transportar a niños que no puedan sujetarse por sí mismos o no alcancen los posapiés conlleva una multa de 16 a 20 UMA y la retención de la unidad.

En cuanto a conducir bajo los efectos del alcohol, el 106 Bis establece: “ninguna persona puede conducir motocicletas por la vía pública si tiene una cantidad de alcohol, ya sea en la sangre superior a 0.02 gramos por decilitro, o en aire espirado superior 0.1 miligramos por litro, o bajo el influjo de enervantes, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o tóxicas”. 

El castigo no es económico, sino el arresto inconmutable de 12 a 36 horas y la retención del vehículo.

¿Cómo se vigilará el cumplimiento?

El reglamento faculta el uso de “equipos o sistemas tecnológicos” (cámaras y sensores) para la captación de infracciones, limitando su uso específicamente a la vigilancia de “carriles confinados para los vehículos de transporte público, masivo o de alta capacidad y ciclovías”.

Foto: Archivo Cuartoscuro

La Secretaría de Seguridad tiene la obligación de publicar en su sitio oficial la ubicación de estos dispositivos.

Las multas captadas por estos medios se notificarán por correo certificado al propietario registrado del vehículo, quien será considerado “deudor solidario” para el cobro.