COI anuncia política para 'proteger' el deporte olímpico femenino: Excluye a atletas transgénero de competencias | Video
Kirsty Coventry, presidenta del COI, afirma en el comunicado que, como exatleta, cree en una competición justa, algo que será posible gracias a la medida recién aprobada.
- Redacción AN / ARF

El Comité Olímpico Internacional (COI) anunció la mañana de este jueves 26 de marzo una nueva ‘Política de Protección de la Categoría Femenina en el Deporte Olímpica’, la cuál, entre otras cosas, contempla la exclusión de atletas transgénero en competencias a partir de los Juegos de Los Ángeles 2028.
Aprobada por la Comisión Ejecutiva del COI, la medida de elegibilidad será tanto para disciplinas individuales como en equipo, que ahora se limitarán exclusivamente a “mujeres biológicas”.
La medida sin embargo no será retroactiva y no se aplicará a programas deportivos de base o recreativos.
El objetivo es “proteger la equidad, la seguridad y la integridad de la categoría” en la élite deportiva, esto partiendo de “evidencias científicas y asesoramiento de expertos”.
La prueba de gen SRY: El nuevo estándar
Según se explica en el texto publicado en la web oficial del Comité, para determinar la elegibilidad se implementará una evaluación única basada en la detección del gen SRY: un segmento del ADN que inicia el desarrollo sexual masculino; la presencia de este gen es fija durante toda la vida de la persona y representa una prueba de que “ha experimentado desarrollo del sexo masculino”.
La prueba se realizará mediante métodos considerados poco intrusivos frente a otras alternativas, tales como pruebas de saliva, hisopos bucales o muestras de sangre. Las atletas que den negativo en la prueba cumplirán permanentemente con los criterios para competir en la categoría femenina.
Por el contrario, ningún atleta con un resultado positivo en el gen SRY será elegible para la categoría femenina, con raras excepciones médicas como el Síndrome de Insensibilidad Completa a los Andrógenos (CAIS) u otras diferencias/trastornos raros del desarrollo sexual (DSD) que no otorgan ventajas de rendimiento asociadas a la testosterona.
No obstante, los atletas que den positivo en SRY (incluidos atletas transgénero XY y atletas con DSD sensibles a los andrógenos) seguirán siendo elegibles para competir en categorías masculinas, mixtas o abiertas.
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Presidencia del COI respalda la medida
Kirsty Coventry, presidenta del COI, afirma en el comunicado que, como exatleta, cree en una competición justa, algo que será posible gracias a la medida recién aprobada.
“Como exatleta, creo firmemente en el derecho de todos los atletas olímpicos a participar en una competición justa. La política que hemos anunciado se basa en la ciencia y ha sido elaborada por expertos médicos. En los Juegos Olímpicos, incluso las diferencias más mínimas pueden marcar la diferencia entre la victoria y la derrota. Por lo tanto, está absolutamente claro que no sería justo que los hombres biológicos compitieran en la categoría femenina. Además, en algunos deportes, sencillamente no sería seguro”.
“Todos los atletas deben ser tratados con dignidad y respeto, y solo tendrán que someterse a pruebas de detección una vez en su vida. Debe haber una información clara sobre el proceso y asesoramiento disponible, junto con el consejo médico de expertos”.
Basado en investigaciones científicas
La creación de esta normativa es el resultado de una revisión llevada a cabo entre septiembre de 2024 y marzo de 2026. En septiembre de 2025 se formó un grupo de trabajo con especialistas de los cinco continentes en ciencias del deporte, endocrinología, medicina transgénero, ética y derecho.
El grupo concluyó que el sexo biológico masculino proporciona ventajas de rendimiento en deportes que dependen de la fuerza, la potencia y la resistencia. Para garantizar la justicia y proteger la seguridad, especialmente en deportes de contacto, se determinó que la elegibilidad debía basarse en el sexo biológico.
El desarrollo de la política también incluyó encuestas a más de 1,100 atletas y entrevistas en profundidad. La retroalimentación mostró un fuerte consenso en que la equidad y la seguridad requerían reglas de elegibilidad claras basadas en la ciencia.
El COI ha indicado finalmente que esta política deberá ser adoptada por las Federaciones Internacionales y los Comités Olímpicos Nacionales en los eventos del organismo, garantizando la confidencialidad, el bienestar psicológico y la protección de los derechos de privacidad de los atletas.








