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SCJN revisará juicio por ataque a María Elena Ríos

Desde el ataque con ácido en 2019, la saxofonista ha buscado justicia y ahora, la Corte revisará la anulación del juicio que absolvió a los acusados.

  • Redacción AN / KC
21 Oct, 2026 07:40
SCJN revisará juicio por ataque a María Elena Ríos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará cinco amparos promovidos por los acusados por el ataque con ácido contra la saxofonista María Elena Ríos, para determinar si fue legal invalidar la absolución que obtuvieron en Oaxaca en 2024 y ordenar que el juicio oral se repitiera.

El Pleno aprobó atraer el expediente el 19 de octubre, por siete votos contra uno.

Entre los involucrados está el exdiputado priista Juan Antonio Vera Carrizal, señalado como presunto autor intelectual de la agresión ocurrida en septiembre de 2019.

La discusión no se centrará en determinar si los acusados son culpables o inocentes, sino en resolver una cuestión procesal, si una jueza sustituta tenía facultades para dejar sin efecto el fallo absolutorio después de que el juzgador que presidió las audiencias fuera suspendido.

El ministro presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, explicó que el análisis se limitará a las circunstancias en las que se anuló el juicio.

El conflicto judicial se originó el 14 de agosto de 2024, cuando el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió a Juan Antonio Vera Carrizal y a los otros dos acusados, Rubicel Hernández y Rubén Loaeza.

La resolución ocurrió antes de que concluyeran la redacción y la lectura de la sentencia.

Después, el juzgador fue suspendido y una jueza sustituta, María Antonia Esteva Domínguez, determinó que no podía emitir por escrito una decisión sobre un juicio cuyas audiencias no había presenciado.

Por ese motivo, dejó sin efectos lo actuado y ordenó reponer el juicio oral y los acusados impugnaron esa determinación mediante recursos de amparo, con los que buscan que se revise la legalidad de la reposición del procedimiento.

La controversia obliga a la SCJN a precisar el alcance del principio de inmediación, que exige que quien juzga tenga contacto directo con las pruebas y las actuaciones presentadas durante el juicio.

La ministra Loretta Ortiz consideró que la intervención del máximo tribunal permitirá definir las atribuciones de un juzgador sustituto y sus límites ante una absolución.

También destacó las implicaciones del asunto para el debido proceso y el acceso a la justicia de las víctimas de violencia de género.

El caso inició el 9 de septiembre de 2019, cuando María Elena Ríos fue atacada con ácido sulfúrico en Huajuapan de León, Oaxaca y le provocó quemaduras graves que la obligaron a someterse a múltiples intervenciones médicas.

La saxofonista señaló a Vera Carrizal, su expareja y entonces diputado local priista, como presunto responsable intelectual del ataque; luego el exlegislador se entregó a las autoridades en 2020 y quedó sujeto a proceso penal.

Su hijo, Juan Antonio Vera Hernández, también ha sido señalado por su presunta participación en la planeación de la agresión y permanece prófugo de la justicia.

Con la atracción de los amparos, la Suprema Corte deberá resolver si la anulación del fallo absolutorio se ajustó a derecho y su decisión determinará el curso procesal del caso, pero no establecerá por sí misma la responsabilidad penal de los acusados.