Naturaleza AristeguiNaturaleza Aristegui

Artículo 19 acusa acoso judicial en contra del medio Vanguardia y su director

Artículo 19 expresó su profunda preocupación por el uso de procesos judiciales y ministeriales contra medios de comunicación y periodistas.

  • Redacción AN / ES
17 Jan, 2026 15:50
Artículo 19 acusa acoso judicial en contra del medio Vanguardia y su director

La organización defensora por la libre expresión Artículo 19 señaló que el medio Vanguardia y su director, Armando Castilla Galindo, son víctimas de presión mediante procesos judiciales.

Al analizar el caso, Artículo 19 detectó “violaciones graves” al debido proceso judicial encausado en contra de Armando Castilla, según un comunicado de la organización de México y Centroamérica.

En el documento Artículo 19 exige un alto al uso de procesos judiciales como mecanismos de presión y represalia contra el medio Vanguardia y su director, así como el respeto irrestricto al principio de objetividad que rige la actuación de las autoridades investigadoras.

La detención de Armando Castilla Galindo, ocurrida el 9 de enero de 2026, derivó de una orden de aprehensión dictada por un Juez de Control a solicitud de la Fiscalía General del Estado de Nuevo León, en el marco de un entramado de acciones judiciales que, de acuerdo con la información documentada por esta organización, se vinculan con represalias por publicaciones periodísticas realizadas por Vanguardia sobre la detención del exgobernador de Coahuila Humberto Moreira en España en 2016.

Antecedentes del acoso judicial

En 2016 el medio de comunicación Vanguardia publicó sobre la detención del exgobernador de Coahuila en el aeropuerto Adolfo Suárez de Madrid. Dicho exmandatario ha sido investigado en España por blanqueo de capitales y vínculos con la delincuencia organizada.

Posterior a estas publicaciones el medio ha sido víctima de una serie de procesos judiciales en su contra. Entre los elementos más graves de esta estrategia de acoso jurídico destaca la existencia de un juicio mercantil iniciado en Coahuila, juicio en el cual está contemplado el embargo del medio y posterior adjudicación.

La organización señala que este proceso ha estado marcado por irregularidades y contradicciones, motivo por el cual fue atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en noviembre de 2025. De manera llamativa, un mes después, en diciembre de 2025, una persona emparentada con el exgobernador, cuyos datos se reservan en atención a la estrategia jurídica por parte de la defensa del medio, presentó una querella por el presunto delito de fraude ante la FGE Nuevo León.

Irregularidades en la actual investigación penal

Artículo 19 tuvo acceso a la denuncia presentada ante la Fiscalía de Nuevo León, y observa que se sustenta en hechos inverosímiles, así también, la investigación carece de requisitos de procedibilidad, no cuenta con documentos base y se apoya únicamente en el testimonio de un notario vinculado laboralmente al exgobernador de Coahuila. A pesar de estas irregularidades, la Fiscalía solicitó al Poder Judicial una orden de aprehensión para la audiencia inicial en contra del director del medio.

De manera preocupante, la orden fue concedida y ejecutada. No obstante, al día siguiente, el 10 de enero de 2026, Armando Castilla Galindo fue puesto en libertad luego de que la defensa acreditara la falta de elementos para sostener la imputación y demostrara que, al momento en que supuestamente ocurrieron los hechos del presunto fraude, se encontraba fuera del país.

Riesgo de escalamiento y efectos intimidatorios

En entrevista con Artículo 19, Armando Castilla Galindo expresó su temor ante un posible escalamiento del asedio judicial, incluyendo la fabricación de nuevos delitos con el objetivo de generar desprestigio, afectar financieramente al medio o extender las represalias a su familia. El periodista señaló a esta organización que el poder político y las redes de influencia del exgobernador continúan operando en distintas entidades del país, incluido el estado de Nuevo León.

Asimismo, en los últimos días ha recibido, a través de familiares, mensajes con amenazas implícitas de nuevas acciones legales en su contra. “Si no hubiera logrado salir, ya me habrían acusado de otros delitos que no cometí”, señaló.

Violaciones a la debida diligencia y al principio de objetividad

Artículo 19 identificó violaciones graves a la debida diligencia, así como transgresiones al principio de objetividad consagrado en el artículo 20, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 8.2.c de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y en los artículos 128 y 129 del Código Nacional de Procedimientos Penales, los cuales obligan al Ministerio Público a conducir las investigaciones de manera objetiva, exhaustiva e imparcial.

El uso del sistema penal en estas condiciones refuerza la hipótesis de un uso indebido del derecho penal con fines de intimidación, incompatible con los estándares nacionales e internacionales de libertad de expresión.

Artículo 19 expresó su profunda preocupación por el uso de procesos judiciales y ministeriales contra medios de comunicación y periodistas, práctica que busca silenciar, inhibir y generar autocensura. En este caso, las acciones emprendidas contra Vanguardia constituyen una represalia directa por haber documentado y difundido información de alto interés público relacionada con un exfuncionario de alto nivel.

En vista de lo anterior, Artículo 19 llama a la Visitaduría General de la Fiscalía General del Estado de Nuevo León a realizar una investigación interna exhaustiva para determinar la responsabilidad de los agentes del Ministerio Público que integraron la carpeta de investigación, solicitaron la orden de aprehensión y promovieron la vinculación a proceso de Armando Castilla Galindo, verificando el cumplimiento de los principios de objetividad y debida diligencia.

Asimismo solicitó al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas que analice el contexto de riesgo del medio Vanguardia y del periodista Armando Castilla Galindo, derivado del acoso judicial reiterado, y que otorgue medidas de protección adecuadas, eficaces e integrales.