Quienes critican reforma a Ley de Amparo 'lo están haciendo por razones interesadas': Zaldívar 
En medio de la polémica y críticas que han surgido en torno a estas reformas, que se espera sean firmadas por la mandataria entre hoy y mañana, Zaldívar aclaró de qué tratan.
- Redacción AN / ARF

El ministro en retiro y expresidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, explicó este jueves en la mañanera las modificaciones aprobadas ayer por el Senado de la República a la Ley de Amparo, que se encuentran listas para su aprobación por parte del Ejecutivo.
En medio de la polémica y críticas que han surgido en torno a estas reformas, que se espera sean firmadas por la mandataria entre hoy y mañana, Zaldívar criticó:
“Quienes han criticado y están criticando al amparo, en su inmensa mayoría, lo están haciendo por razones interesadas, o porque son empleados, abogados, de deudores fiscales muy conocidos, o porque son comentócratas aliados al viejo sistema del PRIAN que no conocen el amparo pero se les hace muy fácil descalificar. O porque se trata de jueces, magistrados, afectados por la reforma judicial y mienten deliberadamente”.
Deberíamos ver a qué intereses responden quienes hoy critican a esta reforma.
No se busca afectar la defensa de las personas
Así, el ministro en retiro y actual Coordinador General de Política y Gobierno de la Presidencia, explicó los cambios establecidos en las reformas, y “desmintió” las acusaciones hechas por los “comentócratas” y opositores al “movimiento de transformación”.
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“No se busca afectar la defensa de las personas. Un gobierno que viene de defensa de la democracia y de los derechos humanos, no podría proponer reformas regresivas”.
Explicó que el juicio de amparo a lo largo de su historia “ha venido cambiando”, por lo que deben realizarse ajustes para evitar que “ciertas personas utilicen una institución tan noble, para fines ilícitos o al menos socialmente censurables“.
Sobre las críticas de que se acotará el interés legítimo, que significaría dejar fuera a los intereses colectivos, Zaldívar afirmó que “esto no es así”:
“Tan no lo es que incluso la redacción original del interés legítimo en la iniciativa fue modificada y aclarada en el Senado para que no diera lugar a dudas. El interés legítimo ni se acota ni se redefine, simplemente se establecen en la ley sus elementos esenciales para mayor claridad de la figura. Sigue habiendo una defensa plena de los derechos difusos, de los derechos colectivos del medio ambiente”.
En cuanto a las suspensiones, aseguró que se hicieron únicamente dos modificaciones o excepciones.
“¿Qué es lo que se hizo en esta reforma? Primero, evitar el abuso que se estaba haciendo con suspensiones para dificultar y obstaculizar al combate al lavado de dinero”.
“Si hay un bloqueo de cuentas por la UIF (Unidad de Inteligencia Financiera), en principio no procede la suspensión, pero ¿qué pasa si una persona no forma parte de una organización de lavado de dinero y se le bloqueo su cuenta por error? Tiene la oportunidad, de acuerdo con la ley, de acreditar el origen lícito del recurso, y en ese momento se le otorga la suspensión”.
Es una postura equilibrada de la ley. No se va a afectar a las personas que por buena fe tienen sus recursos.
El segundo aspecto, es que cuando se trata de una actividad federal sujeta a un permiso, licencia, concesión y la persona no goza con este, “no puede tener la suspensión” para compensar un permiso que debe ser atribuido por una institución.
“No hay nada de qué preocuparse en la suspensión, las personas podrán seguir disfrutando de este beneficio cuando haya un acto que consideran arbitrio de la autoridad […] El amparo se hace más ágil, se hace más cercano, no se limita el acceso. Los dos supuestos de suspensión que referí me parece que tienen sentido, que son lógicos, que eran abusos que había que corregir”.
Finalmente, negó las acusaciones de retroactividad, o media retroactividad, que se han destacado contra las reformas para casos activos.
El artículo transitorio que se aprobó “es muy claro: en materia procesal no hay retroactividad. Todas las etapas de los juicios de amparo en trámite que hayan concluido […] ya no se pueden tocar, todo eso se rige por la ley de amparo vigente“.
Empiezan a partir de ahora […] Las etapas futuras se regirán por las reformas (sin retroactividad).
Ve aquí la intervención completa de Zaldívar en la mañanera de hoy: