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Diputados aprueban reforma a Ley de Amparo; oposición acusa retroactividad encubierta Naturaleza Aristegui

Legisladores de oposición señalaron que la reserva presentada por el morenista Hugo Eric Flores volvió a introducir la retroactividad en la legislación, con el fin de perjudicar a los críticos del Gobierno.

  • Redacción AN / MDS
15 Oct, 2025 04:40
Diputados aprueban reforma a Ley de Amparo; oposición acusa retroactividad encubierta
Foto: Cámara de Diputados

La mayoría oficialista en la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley de Amparo con tres reservas, entre ellas la incorporación de un texto al artículo tercero transitorio que fue calificado por la oposición como de “retroactividad disfrazada”.

La legislación fue avalada a las 3:38 de la madrugada en lo particular, luego de más de 14 horas de debate por 322 votos a favor, 128 en contra y tres abstenciones, y regresará al Senado de la República con las modificaciones realizadas.

El diputado morenista Hugo Eric Flores Cervantes propuso una reserva al artículo tercero transitorio, que había sido a su vez modificado en comisiones para eliminar los efectos retroactivos que incorporó el Senado y que fueron criticados incluso por la presidenta Claudia Sheinbaum y el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Hugo Aguilar Ortiz.

El artículo había sido modificado para señalar: “Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones aplicables vigentes a su inicio”.

Sin embargo, el morenista Flores Cervantes introdujo una reserva que modificó lo que se había aprobado en comisiones, para decir ahora lo siguiente:

“Tercero. Al tratarse de una ley procesal, las etapas procesales concluidas que generen derechos adquiridos a las partes se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los procesos respectivos. Por lo que hace a las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, de conformidad con la doctrina y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se regirán por las disposiciones de este Decreto, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras”.

FOTO: MARIO JASSO/CUARTOSCURO.COM

No es retroactividad, es Derecho procesal: Flores

En tribuna, el morenista calificó de “falso debate” la polémica en torno a la retroactividad de la legislación denunciada por la oposición y, por ende, la violación a la Constitución, que la prohíbe expresamente.

“No es violar un derecho constitucional aprobar la irretroactividad de la ley, como maliciosamente han sostenido. Es un tema de materia y trascendencia procesal, es Derecho procesal puro. Es poner las reglas claras ante la pregunta de siempre: ¿qué pasa con los asuntos en trámite cuando entre en vigencia una nueva ley?”, dijo.

Defendió que se trata del principio procesal de aplicación inmediata de la ley, que “no vulnera el principio de irretroactividad cuando no afecta derechos adquiridos” y citó autores como Héctor Fix Zamudio o jurisprudencia del máximo tribunal.

“Lo que fue hecho queda bajo la ley antigua. Lo que se haga después, bajo la nueva. Esa es la redacción que estamos proponiendo en este artículo tercero transitorio. Lo repito: lo hecho queda bajo la ley antigua; lo que se haga después, bajo la nueva”, señaló.

Aseguró que el objetivo de la reforma es limitar el uso indiscriminado de la figura del juicio de amparo en contra del interés general de la nación.

“Es un asalto al derecho de los ciudadanos”: Döring

Por su parte, el senador panista Federico Döring señaló que se trata del transitorio de Porfirio Díaz y Claudia Sheinbaum: “A los amigos, justicia y gracia. A los enemigos, justicia a secas […] es un cheque en blanco […] para volver a traficar influencias”.

“Si no tienen la intención de joder a la mala a sus críticos, ¿qué necesidad tienen de poner el transitorio? El transitorio lo que quiere decir es que, si no les pueden ganar a la buena un juicio, los van a joder a la mala. Y están haciendo, por la puerta trasera del 14 constitucional, en este transitorio, el vehículo de tráfico de influencias y esta banda de elasticidad judicial”.

“Lo que están haciendo, como buenos delincuentes, es un asalto. Es un robo. Le están robando a los mexicanos la herramienta para defenderse de su mal gobierno. Están robando a los mexicanos la posibilidad de combatir su abuso de poder”, enfatizó.

Döring criticó los señalamientos de corrupción que existen sobre integrantes de Morena, de los que, dijo, no tienen la necesidad de promover un juicio de amparo, porque no los tocan. “Tienen el amparo de su narco-gobierno”.

“¿A quién le están quitando el amparo? A los que sí nos vamos a tener que defender algún día de un abuso de autoridad de ustedes. ¿A quién no tocan? A los del huachicol fiscal. A todos los que se han robado 600,000 millones de pesos y siguen comprando arte en Tokio”, apuntó.

“Una forma encubierta de retroactividad”: Suárez

El diputado del PRI, Emilio Suárez Licona, consideró que la reserva planteada como una “precisión técnica” es en realidad “una modificación de enorme trascendencia jurídica y constitucional”.

“Bajo el argumento de que la Ley de Amparo es de naturaleza procesal, se busca aplicar las nuevas disposiciones del decreto a actuaciones futuras dentro de procesos ya iniciados, alegando que ello no implica retroactividad”, puntualizó, al tiempo que calificó dicha interpretación como “forzada y riesgosa”.

Afirmó que el principio de irretroactividad de la ley, consagrado a nivel constitucional, prohíbe de manera categórica que una ley nueva afecte directa o indirectamente situaciones jurídicas preexistentes o expectativas legítimas generadas bajo un marco normativo anterior.

“Aplicar las nuevas reglas del procedimiento a juicios en curso, aunque sea solo a etapas futuras, implica alterar las condiciones bajo las cuales las partes accedieron al proceso, impactando derechos adquiridos, cargas procesales, términos y mecanismos de defensa que ciertamente ya estaban definidos. En otras palabras, es una forma encubierta de retroactividad”, criticó.

En ese sentido, planteó que con la modificación realizada está en riesgo la seguridad jurídica de miles de personas que hoy tienen procesos de amparo en curso, y que verían alteradas las condiciones bajo las cuales ejercen su derecho de defensa.

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El coordinador de los diputados del PRI, Rubén Moreira, señaló que las reservas aprobadas son “tres trampas” para justificar la retroactividad.

“Es de nueva cuenta la retroactividad de la ley con una trampa y creyendo que los juristas de este país y que los legisladores de oposición no se van a dar cuenta”, apuntó.

“Están engañando a los mexicanos, están engañando al mundo jurídico y quieren engañar a los legisladores. Es una ley retroactiva con palabras rebuscadas para que muchos no lo entiendan”, señaló.

Retroactividad contra un derecho: Zavala

Mientras que el diputado emecista, Juan Ignacio Zavala, se pronunció en contra de la reserva presentada. “Evidentemente, no pasa desapercibido que la estamos votando a las dos de la mañana. Pues eso es deliberado. Es porque saben que no tienen la razón”.

“Han venido aquí a decir que se trata de una ley procesal. Les repetimos: el amparo es un juicio y el amparo es un derecho”, dijo, y citó el artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que dice que todas las personas deben tener acceso a un recurso sencillo y efectivo en contra de las violaciones de la autoridad a la Constitución de un país.

“Dicho lo anterior, no se puede aplicar una ley retroactivamente contra un derecho sustantivo, como lo es el derecho de amparo”, apuntó.

A pesar de que se presentaron 307 reservas, solo fueron aprobadas tres, entre ellas la de Hugo Eric Flores. La segunda reserva aprobada eliminó el término “interés público” y la fracción quinta sobre “daños de difícil reparación” por su ambigüedad.

La tercera reserva aprobada fue la presentada por el diputado del Partido del Trabajo (PT), Ricardo Mejía Berdeja, para agregar que se podrá negar una suspensión cuando “se continúe con la realización de actividades o prestación de servicios que requieran de permiso, autorización o concesión emitida por autoridad federal competente, cuando no se cuente con la misma”.

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