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Estados Unidos autoriza operaciones para liquidar CIBanco en México

El liquidador designado por el gobierno de México debe determinar que la transferencia es necesaria para la liquidación y la operación no debe violar ninguna otra ley vigente.

  • Redacción AN/ SBH
15 Apr, 2026 13:27
Estados Unidos autoriza operaciones para liquidar CIBanco en México
Foto: Archivo Cuartoscuro

El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, a través de la Red de Control de Delitos Financieros (FinCEN), emitió una enmienda que permite ciertas transferencias de fondos para facilitar la liquidación por parte del Gobierno de México de la institución financiera CIBanco.

Esta resolución modificó una orden emitida en junio de 2025, mediante la cual el gobierno estadounidense había cortado el acceso de este banco a su sistema financiero.

La sanción original se impuso luego de que FinCEN determinó que CIBanco era una institución de preocupación principal en materia de lavado de dinero en relación con el tráfico ilícito de opioides.

Las autoridades estadounidenses señalaron que el banco mexicano proporcionaba servicios financieros que facilitaban operaciones de organizaciones del narcotráfico con sede en México, identificando directamente al Cártel del Golfo, la Organización de los Beltrán-Leyva y el Cártel Jalisco Nueva Generación.

Debido a esto, se prohibió a cualquier institución financiera cubierta realizar transferencias de fondos hacia o desde CIBanco.

Tras las acusaciones, el gobierno de México intervino la institución y asumió el control de su administración con el objetivo de salvaguardar el sistema financiero mexicano.

Como parte de este proceso, las autoridades mexicanas supervisaron la venta de los principales activos del banco, tomando precauciones para garantizar que estas ventas no generaran nuevos riesgos de lavado de dinero para Estados Unidos.

Con la nueva enmienda, que entra en vigor a partir de su publicación en el Registro Federal, están autorizadas de manera excepcional las transferencias de fondos estrictamente necesarias e incidentales para la disolución y liquidación del banco.

Para que una transacción pueda llevarse a cabo, el liquidador designado por el gobierno de México debe determinar que la transferencia es necesaria para la liquidación y la operación no debe violar ninguna otra ley vigente.

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos declaró que esta resolución destacó el compromiso compartido entre ambos países para proteger sus respectivos sistemas financieros de los cárteles y narcotraficantes, así como su determinación conjunta para responsabilizar a quienes facilitan estas actividades ilícitas.

El resto de las disposiciones y prohibiciones de la orden original de junio de 2025 se mantuvo sin cambios.

Reacción oficial

El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) afirmó que CI Banco dejó de operar como banco tras solicitar a la CNBV la revocación de su autorización para organizarse y operar como institución de banca múltiple, misma que fue aprobada por la Junta de Gobierno de la CNBV el 9 de octubre de 2025.

A partir de ese momento, la entidad se encuentra en un proceso de liquidación voluntaria.

“El IPAB continuará dando seguimiento al proceso de liquidación conforme al marco legal aplicable, con el objetivo de salvaguardar los derechos de los usuarios del sistema financiero y asegurar que el proceso se lleve a cabo de manera ordenada y transparente”.

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