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Fiscalía confirma parto de 'adolescente de 13 años' en hospital de Chiapas

La Fiscalía de Chiapas dijo que los padres consintieron la convivencia de la niña de 13 y su pareja de 17, pero en México se prohíbe el matrimonio infantil.

  • Redacción AN / KC
09 Jan, 2026 09:00
Fiscalía confirma parto de 'adolescente de 13 años' en hospital de Chiapas
Foto: @TN21sv

La Fiscalía General del Estado de Chiapas informó que “una adolescente de 13 años” dio a luz en el Hospital de la Mujer de San Cristóbal de las Casas y que tanto ella como el recién nacido “se encuentran estables y fuera de peligro”.

La información oficial llegó una semana después del suceso y tras llamar la atención en medios de comunicación y redes sociales por la edad de la niña.

La fiscalía chiapaneca afirmó que las complicaciones del parto se debieron a “un contagio de sarampión, por lo que fueron trasladados al Hospital de las Culturas para recibir atención especializada.”

La dependencia precisó que, de manera preliminar, la madre y el padre del bebé, de 17 años, “cohabitan con el consentimiento de los padres de ambos”.

Añadió que “la Fiscalía de Justicia Indígena continúa con la integración de la carpeta de investigación correspondiente, a fin de esclarecer los hechos conforme a la ley”.

El caso se registró a inicios de enero y generó atención pública por la edad de la adolescente, lo que motivó que medios locales y organizaciones civiles difundieran información sobre el ingreso y el parto de la menor.

La Fiscalía señaló que el traslado al Hospital de las Culturas se realizó “como parte de la atención médica especializada requerida por las complicaciones de salud detectadas después del parto”.

Hasta el momento, la Fiscalía no ha informado sobre posibles imputaciones ni sobre el curso final de la investigación y reiteró que “cualquier determinación se dará a conocer una vez que concluyan las indagatorias en curso”.

En México, el matrimonio infantil está prohibido por ley, según en Código Civil Federal, en el artículo 148, establece que la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años, y ninguna persona puede casarse antes de esa edad, sin excepciones, y busca proteger sus derechos fundamentales.

Además, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en el Artículo 45 señala que, “todas las leyes federales y locales deben establecer como edad mínima para contraer matrimonio la de dieciocho años.”

La norma refuerza la prohibición y garantiza que las autoridades respeten el interés superior de la niñez, protegiendo a menores de cualquier práctica que pueda comprometer su desarrollo físico, emocional o educativo.

En febrero de 2024, el Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma constitucional al artículo 2 de la Constitución, relacionada con el matrimonio infantil en comunidades indígenas, y advierte que los pueblos originarios no pueden justificar o permitir los matrimonios infantiles.

Las prácticas de usos y costumbres de las comunidades indígenas no puedan justificar o permitir matrimonios infantiles y que siempre prevalezca el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.