Nueva ley ambiental: Expertos alertan sobre regularizar obras ilegales y riesgos constitucionales
Organizaciones de la sociedad civil y personas expertas analizaron la iniciativa de la nueva Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), advirtieron que persisten vacíos legales, riesgos de discrecionalidad y falta de presupuesto que podrían hacer inoperante el nuevo marco jurídico.
- Redacción AN / AG

La iniciativa de la nueva Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), presentada por el Ejecutivo Federal el pasado 26 de agosto de 2026, representa una “oportunidad histórica” para actualizar el marco ambiental de México, pero tal como está redactada, contiene riesgos severos que podrían comprometer su eficacia y resistencia constitucional.
Así lo concluye el documento “Hallazgos de la revisión y análisis de la iniciativa de la nueva LGEEPA”, elaborado con la participación de organizaciones de la sociedad civil y expertos, entre los que destacan el CEMDA, CartoCrítica, Wildlands Network, y académicos de la UNAM y la Universidad del Medio Ambiente.
El informe reconoce avances significativos en la propuesta, que busca abrogar la ley vigente desde 1988. Entre lo positivo, destaca la elevación a rango legal de principios internacionales como el “precautorio”, el “in dubio pro natura” y el interés superior del ambiente. Asimismo, celebra la introducción de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), el fortalecimiento de la regulación en ecosistemas costeros y zonas de influencia de Áreas Naturales Protegidas (ANP), y el reconocimiento explícito en el articulado de la Conabio y la Conanp.
Sin embargo, la lista de preocupaciones es extensa y toca la columna vertebral de la política ambiental del país.
El riesgo de premiar el “hecho consumado”
Uno de los puntos más críticos identificados por los expertos es la regulación de la Evaluación del Impacto Ambiental (EIA). El documento alerta que el artículo 53 de la iniciativa permitiría solicitar autorizaciones para obras o actividades que ya iniciaron su ejecución.
Para los analistas, esto es “ilegal y atenta contra la lógica preventiva” de la EIA. Advierten que este proceso, sumado a figuras de regularización, podría incentivar la lógica de “más vale pedir perdón que pedir permiso”. Además, señalan que estos procesos de regularización carecen de mecanismos de participación ciudadana, abriendo la puerta a autorizaciones opacas y discrecionales que premian el “hecho consumado”.
Evaluación Ambiental Estratégica: Un instrumento desvirtuado
Si bien la incorporación de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) se ve como un avance, el análisis advierte que la iniciativa desvirtúa su naturaleza. En lugar de aplicarse exclusivamente a planes y programas (fase de planeación), la propuesta permite aplicarla a proyectos de infraestructura concretos o estratégicos.
Lo grave, según el documento, es que un dictamen favorable de EAE para estos proyectos equivaldría a la autorización de impacto ambiental tradicional, eximiéndolos de un análisis detallado y violando los principios preventivo y precautorio.
El candado presupuestal
El análisis técnico resalta la viabilidad financiera de la nueva ley. La iniciativa crea nuevos instrumentos, registros y obligaciones gravosas, como el Registro Nacional de OMEC (Otras Medidas Efectivas de Conservación), el Registro de Infractores, el Programa Nacional de Restauración Ambiental (PNRA) y la Estrategia Nacional de Biodiversidad.
No obstante, el artículo Transitorio Décimo Segundo prohíbe explícitamente recursos adicionales al presupuesto autorizado. Los expertos advierten que, sin respaldo presupuestal, estas figuras serán “inoperantes”, generando discrecionalidad y rezago administrativo. Citan como ejemplo preocupante que la CONANP ya enfrenta una brecha financiera de 200 millones de dólares para 2030, y la nueva ley le impone aún más tareas sin recursos.
Incertidumbre para Conabio
A pesar de que se menciona a la Conabio, el documento señala como un retroceso que la versión final de la iniciativa suprimió la regulación de la Comisión como un organismo descentralizado con personalidad jurídica propia, manteniendo la incertidumbre sobre su existencia real y autonomía.
En materia de Ordenamiento Ecológico del Territorio (OET), se alerta sobre la eliminación del mandato de formular el programa general dentro del Sistema Nacional de Planeación Democrática, desvinculando la política ambiental de la planeación del desarrollo nacional. Además, se considera violatorio del principio de subsidiariedad que se condicione la elaboración de programas locales a la participación de Semarnat cuando incluyan terrenos forestales.
Recomendaciones. Parlamento Abierto
Las organizaciones y expertos llaman al Congreso de la Unión para que no apresuren la aprobación de la nueva ley ambiental. Asimismo, recomiendan precisar el alcance de los nuevos principios para no violar el debido proceso y la presunción de inocencia en procedimientos sancionadores, restituir a la EAE su enfoque exclusivo a instrumentos de planeación, no a proyectos concretos, asegurar que las figuras de regularización no sustituyan la lógica preventiva que la iniciativa proclama como eje rector, incorporar la legitimación activa amplia del Acuerdo de Escazú en la consulta pública, la denuncia y el recurso de revisión; garantizar previsión presupuestal progresiva para los nuevos instrumentos.
“Para ello, será oportuno que ambas cámaras se tomen el tiempo necesario para analizarla, y que lleven a cabo parlamentos abiertos, para que representantes de los diferentes sectores interesados puedan ayudar a retroalimentarla, con lo cual contará con mayor legitimación”.

